Solicitud de Afijo


Para solicitar un afijo se deberá cumplimentar el impreso correspondiente dirigido a la Comisión del L.O.E., pudiéndose indicar hasta tres opciones, por orden de preferencia, así como los datos y firma/s de la/s persona/s que lo solicita/n. Dicha solicitud deberá remitirse a la R.S.C.E. o a la sociedad canina colaboradora que corresponda según el lugar de residencia del solicitante.

 

Desde la Real Sociedad Canina de España se cursa la solicitud a la Fédération Cynologique Internationale (F.C.I.), con sede en Bélgica, donde se autorizan o deniegan los afijos.

 

La concesión de un afijo autoriza a su titular o titulares a utilizarlo en la inscripción de camadas. Todos los titulares del afijo deben ser propietarios de la hembra, madre de la camada, para poder utilizar el afijo.

 

El afijo es propiedad exclusiva de la persona o colectividad que ha adquirido el derecho y es vitalicio.

El propietario de un afijo puede aplicarlo a todos los ejemplares de cualquier raza de la que es criador.

 

No puede aplicarse a un ejemplar un afijo diferente al de su criador.

 

Nadie podrá ser titular de más de un afijo.


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